Primero, distinga el 15 del 16 de septiembre
El miércoles 16 de septiembre de 2026 es día de descanso obligatorio conforme al artículo 74, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo. El 15 no figura en ese listado; revise, sin embargo, si existen condiciones más favorables en contratos o acuerdos aplicables a su empresa.
Tampoco debe confundirse el calendario de una escuela o dependencia pública con el que rige las relaciones laborales del negocio.
Cuando se trabaja el descanso obligatorio, el artículo 75 establece un salario doble por el servicio prestado, además del salario correspondiente al descanso. PROFEDET lo explica como un pago total triple.
Esto exige distinguir entre el importe total al que tiene derecho la persona y la cantidad adicional que deberá cubrir la empresa.
Un ejemplo sencillo de pago
Supongamos un salario diario fijo de $400 y una jornada ordinaria completa laborada el 16 de septiembre:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Salario correspondiente al descanso obligatorio | $400 |
| Salario doble adicional por trabajar ese día | $800 |
| Total correspondiente al día | $1,200 |
Si los $400 ordinarios ya están incluidos en la nómina semanal, quincenal o mensual, el adicional por trabajar será de $800. No corresponde sumar otros $1,200 encima de los $400 ya considerados.
Alcance del ejemplo
El ejemplo supone salario fijo, sin horas extraordinarias ni otras circunstancias particulares. No es una fórmula para resolver automáticamente turnos parciales, remuneraciones variables o coincidencias con otros descansos.